domingo, 24 de febrero de 2013

EL FIN DE LA HISTORIA




La legitimidad del Testamento Hológrafo, fue protocolizado Notarialmente, por orden de Juez competente, como DOCUMENTO PÙBLICO que HACE PLENA FE, conforme los Artículos Nos 984 y 993 del Código Civil. Jamás fue Apelado.
 Además, fue periciado a posteriori, por los legistas Torre y Fenoglio, quienes cerraron definitivamente, las objeciones de orden técnico o especulativo.
         La pretensión de cuestionar su VERACIDAD nunca fue materia de Apelación de orden jurídico o documental con acreditada seriedad. Jamás fundamentada doctrinariamente, salvo como recurso retórico. Constituye una argucia subjetiva, lindante con la ciencia ficción.
         En consecuencia el testamento, restableciendo su apellido de origen, –GARDES– es la PIEZA MAESTRA, que legitima, ratifica y complementa la documentación, que enumeramos más abajo.
         El mismo anula y deja sin efecto, AUTOMÁTICAMENTE, el “Salvoconducto, Nº 10052 del 8 de octubre de 1920 y TODOS los documentos posteriores emitidos en consecuencia. (Art. Nos 1044 y 1045 del Código Civil)

         1º. Planilla del Hospital de La Grave, en Toulouse, donde Berthe Gardés ingresa el 10 de noviembre de 1890, siendo su parto el Nº 237 del Libro de Nacimientos del Hospicio;
                   2º. Registro Administrativo, por índice alfabético, donde, en la letra G, figura su nacimiento Nº 235 refrendado por Louis Laurans (Ver “LOS AMIGOS DE GARDEL” mayo de 2010).
         3º. Partida de Nacimiento Nº 2481, Folio Nº 311 del 11 de diciembre de 1890.
         4º. Certificado de Reconocimiento, de Marie Berthe Gardés, Nº 280 del 22 de diciembre de 1890, legalizado por la Alcaldía de Toulouse, Francia.
         5º. Fe de Bautismo del 11 de diciembre de 1890, Folio Nº 131, suscripto por el Sacerdote Bertrand, siendo testigo Marie Arnold.
         6º. En el Ministerio de Relaciones Exteriores de la ROU se encuentra archivado el expediente Nº 790/35 donde el Presidente Gabriel Terra desiste de su reclamo para Repatriar los Restos de Carlos Gardel, iniciativa encarada por el Embajador Thedy del vecino País, y resignada, a partir de la documentación aportada por la Argentina.
         7º. Juicio Sucesorio, sustanciado en Argentina, en agosto de 1935, Nº 16326, Libro Nº 7108, del Tribunal de Primera Instancia, en lo Civil a cargo del Juez Horacio Dobranich. Se Protocoliza Notarialmente, el Testamento ratificando sus datos filiatorios de origen y RECTIFICANDO su apellido de Adopción, ante el Consulado de Uruguay de 1920, como Carlos Gardel.
         8º. Juicio Sucesorio en Montevideo, a cargo del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Francisco Jurdi Abella, que falla sin oposiciones, el 14 de abril de 1937, a favor de Doña Bertha Gardes como Heredera Universal de su hijo, identificado, indistintamente, como Carlos Gardes o Carlos Gardel en Expte Nº 35, Folio Nº 66, Nº 747/42, en base a la Documentación, requerida, por EL ESTADO URUGUAYO a Francia, por vía Diplomática, ateniéndose al Testamento Hológrafo ya registrado notarialmente, como DOCUMENTO PUBLICO.
         9º. El Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, en la persona de la Jueza Fabiana Schafrik, por Resolución Nº 268/69 deniega un pedido de ADN solicitado  por el C.E.G., fundando su negativa, conforme al Punto F y G, en “COSA JUZGADA”. “En ambos Juicios Sucesorios – ratifica la Magistrado – se ha resuelto que la única heredera fue la madre del reconocido cantante Argentino, Señora Berta Gardés”.
         10º. Pericia de la Policial de Buenos Aires, confirmatoria de las huellas dactilares idénticas, entre las que figuran en el Pasaporte de 1923 a nombre de Carlos Gardel y las que figuran en la Planilla de Detención de 1904 de Carlos Gardés, practicada en los laboratorios policiales de La Plata.
         11º. Diplomas, Planillas de Clasificaciones, Certificados de Estudios, Solicitudes de Ingreso, como nacido en Tolosa, Francia, de edades concomitantes con su Partida de Nacimiento. Cartas de Recomendación de las Autoridades Salesianas sobre su conducta y aplicación, Diploma como Litógrafo de 1903 otorgado por el PIO IX, Planillas del Pensionado Salesiano, con el Registro de sus Gastos, abonados por su madre, Bertha Gardés. Dicha escolaridad fue ratificada por Gardel en sendas, declaraciones Periodísticas.
         12º. Pericia Caligráfica, sin anormalidades, practicada en el original del Testamento Hológrafo del 7 de noviembre de 1933, suscripto por Carlos Gardel, certificando el cambio de apellido por un seudónimo, por razones artísticas.  (“Policía y Criminalística”, volumen 362, Pág. 41, octubre de 2005. Ed. Policial).
         13º. El Estado Francés, a través de sendas cartas oficiales del  Presidente de Francia, Jaques CHIRAC del 9 de agosto de 2006 y del actual Mandatario Nicolás SARKOZY, del 20 de febrero de 2008, ratificando, conforme la Documentación obrante en Cancillería, el origen galo de Carlos Gardel.
         14º. Uso INDISTINTO Y ALTERNADO que se conserva documentado, de su apellido original y su seudónimo, en los periódicos que informaban su gira artística de 1913, en distintos Partidos de la Prov. de Buenos Aires.
         15º. Documento de Detención Nº 1614 del 11 de septiembre de 1904 del Partido de Florencio Varela, donde figura con 13 años, tipógrafo, alfabeto, francés, hijo de Bertha Gardez, domiciliado en Uruguay 162 C. Federal. Tiene una cicatriz en el lóbulo derecho de la oreja. Deja su firma e impresiones digitales, coincidentes con pericias forenses posteriores. (Libreta de Enrolamiento en 1923)
         16º. El 30 de enero de 1913 se presenta su madre, Bertha Gardés, ante la Policía federal – División Investigaciones – y bajo juramento declaró la ausencia de su hijo Carlos Gardes de 22 años, francés, con una cicatriz en la oreja derecha ( además similar a la de 1904), recomendando su actual paradero. Figura la firma de la madre, el oficial Policial y  el sello de la Repartición.
         17º. Constancia de la Dirección de Migraciones de que en marzo 11 de 1893, ingresan de Burdeos a la Argentina Bertha Gardes y su hijo Charles.
            18º. El día 11 de marzo de 1893, pagina, 3 columna 6 “LA NACIÒN” anuncia la espera del barco “DONN PEDRO entrando al Puerto de Buenos Aires. El día 12 el mismo Diario sigue informando  de sus movimientos Portuarios. (Registro, Control Sanitario y Desembarco) Esos mismos datos se reproducen en el Cuaderno de Bitácora de la empresa naviera dueña del vapor, “LES CHARGEURS RÈUNIS”
         19º) Constancia en la Planilla de Migraciones, donde documenta su retorno al país, de una gira artística, el 24 de octubre de 1915, como ARGENTINO, casado de 42 años, católico, artista, en el vapor RE. Victorio, a todas vistas fraguada. Registro Oficial de CEMLA. El Documento que portaba no se conserva, pero sí su Registración como Argentino, oriundo de La Plata en la Policía de la Provincia de Bs. As.
             20º) SU CONDICIÒN FRANCESA: De acuerdo con la legislación francesa del 21 de marzo de 1905, (Ley JORDAN-DELBEL) Artículo Nº 10, Carlos Gardes y su madre debían NOTIFICAR al Consulado Francés que correspondía a su lugar de residencia, su presencia en el país y a partir del 11 de diciembre de 1909 C Gardes debía presentarse y gestionar su CARTILLA MILITAR, con su número de Matricula (Art. Nº 31). Por el artículo Nº 90 hubiera sido eximido del Servicio Activo excepto en el caso de movilización (Agosto de 1914)
El 17 de noviembre de 1915 fueron convocados sus compatriotas y argentinos hijos de franceses, menores de 49 años, por el Cónsul Francés, Sr. H. Samalens a través de “LE COURRIER DU RIO DE LA PLATA”, no registrados hasta ese momento. (Art. Nº 40, párrafo 3º).
 Gardes no se presentó y pasó a condición de “INSUMISO”. En la siguiente etapa pasó a ser: “REFRACTARIO” y por último “PRÔFUGO”, (Art. Nº 85, párrafo 4º) el 23 de febrero de 1916 por el General Gallieni, Ministro de Guerra de Francia.
         21º) Se conserva documentado los registros de Bertha Gardes residiendo en Venezuela de 1875 a 1882. Desde esa fecha hasta 1886 en Burdeos, Francia. En 1889 y 1890 en Toulouse, hasta 1893, embarcando, desde Paulliac, (50 Kms. De Burdeos) a Bs. As. En ese período no hay registros Aduaneros y Migraciones de Francia y Uruguay ni indicios comprobables, de la presunta permanencia de Bertha Gardes en territorio oriental, que alimente la leyenda.
         22º) El 26 de noviembre de 1936 se formaliza en la sede de la embajada Francesa en Buenos Aires, en presencia de su Embajador, MARC PELLETERAT DE BORDE, la Protocolización del Acta de Nacimiento, el Testamento Hológrafo y la Resolución Judicial como única Heredera de Berta Gardes. El Acta Nº 150 la firma el Embajador, Bertha Gardes, y el Apoderado de Berthe Gardes ante los Poderes Públicos Franceses, Don VICTOR JOSEPH EDMOND LEROY. Dicho Instrumento pasa a la Chancilleria Francesa, donde queda Registrado Carlos Gardel, como Charles Romuald Gardes, francés, fallecido. Este Instrumento, más los obrantes en la Alcaldía de Toulouse sirvieron de base a las categóricas declaraciones, sobre su origen, de Nicolás Sarkozy, y Jacques Chirac, entre otros funcionarios franceses. (Ministro de Cultura, Relaciones Exteriores y el Alcalde de Toulouse).
         23º) En 2003 la UNESCO declara la Voz de Carlos Gardel, PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD, a requerimiento uruguayo, pero contrariando su voluntad, en consulta con su Cuerpo de Juristas, lo declara como CANTANTE ARGENTINO NACIDO EN FRANCIA. También, así, figura en la ENCICLOPEDIA BRITÁNICA.
         24º) El Diario “EL DEBATE” de Montevideo. El 1º de julio de 1935, reproduce una entrevista entre Carlos Gardel y el periodista Segundo Bresciano de Junio de 1930, donde éste le pregunta sobre la nacionalidad y profesión de su Padre. Gardel le responde: “Era francés. Tipógrafo y tenía una IMPRENTA”.
         En los Archivos Departamentales de Haute – Garonne figura PAUL JEAN LASSERRE como Litógrafo de profesión. Y en las listas de Reclutamiento Cantonal de Toulouse Norte, figura bajo el Nº 251 y tiene como Nº de Matrícula 1151. De fuente familiar conocemos que trabajaba en la imprenta “SIRVEN”, Calle Colombette Nº 76, a pocas cuadras de la vivienda familiar. Tenía una filial en París.  Lasserre se traslado a Paris en febrero de 1891.
         25º) CORRESPONDENCIA FAMILIAR.. Carlos Gardel, mantuvo un epistolario fluido, que se conserva, con su madre, tíos y abuelos, de una ternura y afecto filial que testimonian, frente a un eventual peritaje jurídico, una comunidad de sentimientos e intereses, que delatan, lazos de genuina y estrecha relación familiar. Cuando habla o escribe ante terceros, también resume una afectividad propia de un auténtico vínculo del hijo hacia su madre.
             27°) FINALMENTE LA “UNIFICACIÓN de una solo identidad” se produjo El 22 DE FEBRERO DE 1945, con ocasión de la cesión de derechos de Armando De Fino a José Razzano – Escritura Nº 66-
En ella consta ante Escribano Público, con atribuciones legales para dar fe de un acto jurídico, conforme el nuevo Ordenamiento Sucesorio, que el objeto de la transacción es que:
De Fino vende “el repertorio que fue y perteneció a DON CARLOS ROMUALDO GARDES, conocido por Carlos Gardel cuya cesión comprende, etc.”
Coercitivamente el apelativo “Carlos Gardel” vuelve a ser, después de 10 (diez) años del Acto Sucesorio y en adelante, un nombre artístico, o, más precisamente, un seudónimo, sin corporización ni entidad física ni jurídica
.
 DESDE ENTONCES UN SOLO DOCUMENTO LEGALIZADO Y VÁLIDO, CONFORME A DERECHO, RESTITUYE, IRREVERSIBLEMENTE, UNA IDENTIDAD ORIGINARIA Y UNÍVOCA: CHARLES ROMUALD GARDES
            28º) NULIDAD DEL REGISTRO COMO URUGUAYO. Los documentos que portaba C. Gardel nacen como consecuencia de un “SALVOCONDUCTO” destinado exclusiva y únicamente a prestar Auxilio y Protección a los ciudadanos uruguayos en el exterior, que dicen ser orientales y se inscriben VOLUNTARIAMENTE EN EL “REGISTRO DE NACIONALIDAD” (Art. Nº 82 de la Ley Nº 3028 de 1906). Pero esa Ley tenía un objetivo determinado y no era SUPLETORIA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO. Al contrario, su artículo Nº 79, ratifica, confirma y habilita la validez del Certificado o Salvoconducto, para esos dos fines específicos, siempre que se de una condición SINE QUA NON. En efecto el “olvidado” artículo Nº 79 advierte, anticipadamente, que:
         NO PRESTARAN LOS AGENTES CONSULARES SOCORRO ALGUNO SIN CERSIORARSE PREVIAMENTE, DE LA NACIONALIDAD URUGUAYA DE LA PERSONA DESAMPARADA”.  
         Por lo tanto el Salvoconducto Nº 10052/1920 – DOCUMENTO MADRE – en poder de Gardel, al no haber satisfecho dicha requisitoria y no cumplir la forma exclusiva ordenada por la ley o cuando dependiera para su validez de la forma instrumental, son también nulos los respectivos instrumentos derivados. Por otra parte, la nulidad se entiende que es siempre de pleno derecho, porque no se necesita ser reclamada por parte interesada. (Ver Art. Nº 1038 del Código Civil).
         “En definitiva, la nulidad es la ineficiencia en un acto jurídico como consecuencia de carecer de las condiciones necesarias para su validez, sean ellas de fondo o de forma o vicios de que adolece un acto jurídico, si se ha realizado con violencia u omisión de ciertas formas o requisitos indispensables para considerarlo como válido, por lo cual la nulidad se considera insita en el mismo acto, sin necesidad de que se haya declarado o juzgado” (Ver: Manuel Ossorio. “Diccionario de Ciencias Jurídicas”, Pág. Nº 621. Editorial HELIASTA)
                29º) POSICIÒN OFICIAL DEL GOBIERNO URUGUAYO. Por último y en instancia final, el ESTADO ya se pronunció, categóricamente, en los siguientes términos fundamentados:

I.                EL PODER LEGISLATIVO, EN USO DE SUS FACULTADES, Y DESECHANDO LOS ARGUMENTOS DE TERCEROS, RESUELVE PROMOVER EL ANALISIS DEL ADN, CON LA OPOSICIÒN DE 7 MIEMBROS DE SU CUERPO, ENCABEZADOS POR EL DIPUTADO ODORRICO.
TAMBIÈN ARGUMENTA, EN CONTRA, Y EN FORMA TRIVIAL, NELSON BAYARDO, QUE INTEGRA, JUNTO A AVLIS Y PAYSSÈ, LA TERNA DE NARRADORES, CARENTES DE DOCUMENTACIÒN RESPALDATORIA QUE GENERÒ LA DESCONFIANZA PARLAMENTARIA.
 LA FUNDAMENTACIÒN A FAVOR DE LA INICIATIVA SE BASA EN QUE “EL SITIO DEL NACIMIENTO DEL GRAN CANTOR NO ESTA TODAVIA ESCLARECIDO Y SE MANEJA UNA HIPOTESIS”.
AGAPO PALOMEQUE, AUTOR DE LA INICIATIVA, CONCLUYE EN “ LA  NECESIDAD DE DETERMINAR EN FORMA CIENTÌFICA Y DEFINITIVA LA FILIACIÒN VERDADERA DE CARLOS GARDEL Y POR ENDE, EL LUGAR DEL NACIMIENTO”

II.     EL PODER EJECUTIVO, DIRECTAMENTE, LO RECHAZA Y SE ABSTIENE DE EXPEDIRSE, ARCHIVANDO, DE  HECHO, EL EXAMEN DE  ADN –TERCERA NEGATIVA EN 12 AÑOS-
       
III.                EL RECLAMO DE REPATRIACIÒN DE SUS RESTOS, INICIADO POR EL PRESIDENTE GABRIEL TERRA, EN 1935, ES PARALIZADO, A RAIZ DEL RECHAZO FUNDADO DE NUESTRA CANCILLERIA.

IV.     EL JUICIO SUCESORIO INICIADO POR SU MADRE, BERTHA GARDES, EN MONTEVIDEO, EN 1937, ES RESUELTO FAVORABLEMENTE, POR EL ESTADO A TRAVES DE LA JUSTICIA COMO HEREDERA UNIVERSAL DE SU HIJO CHARLES GARDES O CARLOS GARDEL.

V.                   LA TERMINANTE NEGATIVA PARLAMENTARIA ORIENTAL A CONVALIDAR LA LEYENDA DE LA ESCOLARIDAD DE GARDEL EN MONTEVIDEO  INICIADA EN 2008.

VI.                LA ACEPTACIÒN TÀCITA DEL ESTADO URUGUAYO, SOBRE EL DICTAMEN DE LA UNESCO DECLARANDO A CARLOS GARDEL, CIUDADANO ARGENTINO NACIDO EN FRANCIA, QUE DESAUTORIZA LA PRETENCIÒN INICIAL, DE CONSIDERARLO ORIENTAL.


VII.             EL ESTADO URUGUAYO ES EL ÙNICO CON POTESTAD Y ATRIBUCIONES EMANADAS DE LA CONSTITUCIÒN Y LAS LEYES PARA CERTIFICAR LA CIUDADANIA DE ORIGEN, SIEMPRE QUE CONTARA CON LOS COMPROBANTES FEHACIENTES.

VIII   JAMÂS DISPUSO DE LOS MISMOS: (PARTIDA CIVIL DE NACIMIENTO, FE DE BAUTISMO O “INSCRIPCIÒN TARDIA”
 (Art.º 18 DEL C.C), O EVIDENCIAS DE RELACIONAMIENTO CARNAL O VINCULANTE, CON LA FAMILIA ESCAYOLA.
                            

IX.                 POR OTRA PARTE, NINGUN ÒRGANO COMPETENTE DE ESTADO, EXHIBIÓ, CONVALIDÓ, RECONOCIÒ, O LO HIZO VALER FÁCTICAMENTE COMO DOCUMENTO IDONEO DE CERTIFICACIÒN DE NACIONALIDAD, EL SALVOCONDUCTO CONSULAR Nº 10.052 DEL 8 DE OCTUBRE DE 1920.

X.       ADEMÁS, CUANDO EL TEMA SOPORTA CUATRO FALLOS     JUDICIALES ADVERSOS,  DEJA NULO MARGEN PARA EL DEBATE.

LA DIYUNTIVA ES DE HIERRO: SE ACEPTA O SE APELA.
NADA DE ESO OCURRIÓ, DESDE LA ESFERA PÚBLICA O PRIVADA.
CUANDO LA APELACIÓN ES UN INSTRUMENTO JUDICIAL QUE SE DESDEÑA Y SE RECURRE AL SOCORRIDO RECURSO DE GENERALIZAR LA FALIBILIDAD DE TANTOS FALLOS, SIN APELARLOS, RESULTA QUE ESTAMOS ANTE UN SOFISMA QUE OCULTA OTRAS MOTIVACIONES DE CARÁCTER CREMATÍSTICO.

XI      POR LO TANTO, DESCARTADA DE PLANO, LA CERTIFICACIÒN     OFICIAL, CUALQUIER POSTURA QUE SE APARTE DE ELLA, CARECE DE VALOR Y ENTIDAD PROBATORIA.

                                                PUNTO FINAL


JUAN CARLOS ESTEBAN

martes, 19 de febrero de 2013

HISTORIA DE DESAPARECIDOS


Es una ocasión precisa y de actualidad, para abordar el tema.

Desde que AVLIS inventó un homónimo para Charles Romuald Gardes, nació el primer DESAPARECIDO en la Argentina, si bien el periodista oriental se olvidó de incluir las pruebas documentales que avalaran a ambos, al primero y al "APARECIDO", que lo sustituyó, sin su correspondiente identidad.

Hubo que inventarle, de apuro, y sin comprobantes, un parentesco con la familia Escayola a los 32 años de fallecido. Y, como  señala Ostuni,: "La misma historia, con que se lo vincula a Tacuarembó, pudo haber ocurrido en otro sitio, con otros nombres y otros personajes”.

Posteriores historiadores uruguayos de Carlos Gardel, tampoco presentaron pruebas, imposibilitando cualquier tentativa de ADN. Eso explica la renuencia del Gobierno Oriental a aventurarse en semejante irresponsabilidad.

Sobre este tema, entonces, prevalece un impenetrable manto de silencio, ligado a la impotencia por explicar la presunta DESAPARICIÒN.

Resolvieron, por lo tanto, al mejor estilo cinematográfico, que "DE ESTO NO SE HABLA", película que, casualmente, también se filmó en Uruguay.
Por su parte una Vocera Oficiosa, habitualmente verborrágica, al no contar con sus célebres INDICIOS resolvió, destempladamente, que el ADN, "LE IMPORTA UN PITO".
Pero, si esta ausencia documental, los ha paralizado, peor suerte ha corrido el otro gran vacío, que mereció de Nelson Bayardo, - “Personalidad de Jerarquía” - la desopilante y escueta conclusión: Charles Romuald Gardes: "¡DESAPARECIO; ASI DE SIMPLE!"

Hasta es bochornoso para nosotros transcribir la irresponsable conclusión ajena. !Que poca estima y calidad profesional, se puede anidar, en semejantes fabuladores que no pueden documentar lo elemental y lo obvio de su identidad!:

1.- Su Partida de Nacimiento en el Registro Civil o Ecle-
      siàsticos;
2.- Certificados y Registros Escolares,
3.- Documentos y referencias vinculantes con la familia
     Escayola-Oliva;
4.- Documentos que confirmen la Desaparición o muerte
     de Charles Gardes;
5.- Instrumentos que confirmen la adopción de Carlos
     Gardel por Berthe Gardes;
6.- Estudios científicos que atestigüen lo no veracidad
     del Testamento Hológrafo.
7.- La falta de iniciativa de Gardel por ajustarse a la INSCRPCIÒN TARDIA, prevista en la Ley Nº 1716 del 10-VII-1884 a traves de Juez Letrado Departamental.

Ni “Indicios” ni Documentos se pudieron arrimar a la fabula, amasada de apuro, para evaporar y escamotear la preexistencia de Charles Gardes.
En efecto, prefirieron soslayar semejante acontecimiento y olvidarlo, sin aportar, lo esencial:

8.- Certificados de Defunción;
9.- Denuncia Policial de Detención o Desaparición;
10.- Presentación Judicial como Desaparecido;
11.- Certificado Aduanero como alejado de Argentina
12.- Reclutamiento en el Ejército Francés;
13.- Testimonios de amigos,  conocido y vecinos;
14.- Pruebas conjeturales, por Confesión, indiciarias, admisibles o de otra naturaleza.

En lugar de estos instrumentos probatorios, se dedicaron a inventar:

 a) su muerte en batalla, luchando por Francia,
 b) un entierro en Pigue,
 c) entrega en adopción, 
 d)sustitución por su tio Carlos Carichou y
 e) promesas de AVLIS y de Armas sobre nuevas revelaciones.

Lo cierto es que contamos con la novísima versión de una opinóloga quien asegura su muerte en 1903 y el posterior robo del Certificado de Defunción por parte de De Fino.

Aclaramos que Bayardo, a posteriori, lo da por resucitado en enero de 1913, cuando Bertha  lo consigna ante la Policía como “AUSENTE” de su hogar.

Pero lo más llamativo es que Berthe Gardes, su madre biológica, en este caso, no radicó ninguna denuncia de desaparición o reclamo documentado, a diferencia de su denuncia Policial del 31 de enero de 1913, por ausencia del hogar.

Tampoco se registra ningún estado de desesperación y dolor, que se posesiona de su alma, ante la desaparición de un hijo de su sangre, que la debía haber marcado para siempre. En sus declaraciones, nunca mencionó semejante tragedia. Tampoco Carlos Gardel registra la existencia y desaparición de un hermanastro, por adopción. Al contrario, en carta a Razzano de noviembre de 1927 lo instruye: "Primero esta la voluntad de mi mamà, pues como comprenderás SOY SU ÙNICO HIJO y por lo tanto su consuelo y compañero".

Esto contrasta con la catástrofe que fue, en vida, para la existencia de Doña Bertha, la muerte de Carlos Gardel, registrada hasta la saciedad por todos los medios gráficos, noticieros, libros, etc.

Esta Historieta,  que  perdura, definitivamente como un CULEBRÒN, no tiene retorno, ni siquiera rectificación , por los exégetas de un Gardel Oriental. Hasta ahora fue pura retórica, a veces grotesca, por momentos desacreditada. Desde ahora es una desopilante aventura que tiñe de oprobio y desmérito a quien la reivindique.

Juan C. Esteban

viernes, 15 de febrero de 2013

EL PASADO LO CONDENA

Ushuaia. MARCELO MARTÍNEZ



“Carlos ya se había inscripto como uruguayo, dando un apellido FALSO, padres,  FALSOS, fecha de nacimiento FALSA.
 UNA PERSONA INEXISTENTE.
 El artífice de la estrategia para CAMBIAR LA IDENTIDAD JURÍDICA, de su representado (y de paso borrarle su pasado) fue el Jefe de Investigaciones, Eduardo de Santiago, comisario de origen uruguayo, militante pro-Yrigoyenista, que gestionó todos los documentos del músico, desde 1920 hasta 1930".(G&G) Marcelo Martínez.

“Si Gardel hubiera tenido la oportunidad de ser educado en ese colegio, no hubiera terminado preso en Ushuaia”. (G&G) Martina Iñiguez.


Ante el recrudecimiento del emparentamiento de Marcelo Martínez con la PRENSA AMARILLA y su nueva diatriba,invariablemente indocumentada, sobre el encarcelamiento de Gardel en Ushuaia, le recuerdo su reciente PASADO.
Veamos:

“Esta simplificación es falsa”, nos advertía Martínez.
 La vida de Gardel está perfectamente documentada: nace en Toulouse, Francia, llega a Bs. As. con su madre, se alojan en distintas viviendas, estudia en otros tantos colegios (existe inscripciones, certificados de notas, fotografías, testimonios de profesores y ex alumnos), termina sus estudios básicos (comienza aquí un breve período más oscuro de su biografía, desde que deja de pertenecer a una institución para buscarse la vida.
 Lo mismo ocurre con cualquier otra biografía. Sin embargo este breve período, de unos 4 años, ha servido para todo tipo de especulaciones sin fundamento alguno: vida delictiva, presidio en el Sur, viajes por América, etc.)”.
 "Existe también la denuncia policial de Berta, con las mismas huellas dactilares que figuran en el pasaporte y demás documentos de Gardel, certifica sus rasgos físicos (cicatriz incluida), todo la vida artística del Zorzal está registrada día a día, hasta su muerte”.
“Pero es que la vida de Gardel, -nos recuerda Martínez- ¡era sencilla! casi rutinaria podríamos decir. Su vida se explica sin necesidad de recurrir a un gemelo, nacido de padres distintos, en un lugar distinto, de cuya existencia no hay documento alguno, pero que era físicamente idéntico a Gardel, que se llamaba igual, que nació el mismo día, y que poseía las mismas huellas dactilares y señas de identificación que aquél. Y que además se hace presente en Buenos Aires, justo en la misma época en que Charles desaparece misteriosamente sin dejar ningún rastro.
 ¡Creer eso sí que resulta infantil!
Por eso debemos recurrir a las verdaderas "evidencias documentales", de las cuales carece la leyenda uruguaya”.

“Debemos caminar sobre pistas concretas, verificables y ¡coherentes!
"Toda la vida artística del Zorzal –agregaba Martínez- está registrada día a día, hasta su muerte. Existe también el testamento aclarando su origen, así como cartas particulares hacia sus familiares franceses, fotografías junto a ellos, etc. etc.
Existen fotos de Gardel niño, adolescente, adulto y cadáver. Siempre se trata de la misma persona"

. "El lazo filial de Berta y Gardel está más allá de toda duda, por las declaraciones de ambos, por su parecido físico evidente, por los documentos que los unen (una vez más: testamento, actas de nacimiento, actas escolares, denuncias policiales…).
En realidad, la de Gardel es una de las biografías más documentadas que existen”.

(Marcelo Martínez. “TODO-TANGO”, 14 de noviembre de 2010).

Hasta aquí, la rotunda afirmación de Martínez, cuya revocación, reciente, es una grosería incalificable.
 Ahora bien.
Además, para mayor precisión, Carlos Gardes se fotografía en la CASA “EL INDIO” de Montevideo en 1906, dedicándole la toma a su amigo, Pedro Guzzatti, cuyo nieto se la cedió  al coleccionista Ángel Olivieri
Por otra parte, entre el año, en que, presuntivamente, Gardel está confinado en Ushuaia (1906) existen dos constancias POLICIALES -1904 y 1913- donde la Policía lo Registra como Carlos Gardes.
 Recién a partir del 4 de noviembre de 1920, Gardel exhibe un DOCUMENTO OFICIAL, indispensable en cualquier CONDENA JUDICIAL, con el apellido que la “LEYENDA” lo hace figurar, 16 años antes.


( Ver “C.GARDEL, ENCUADRE HISTÓRICO”, de JCE. págs. 26 (FOTO) y 93. Ed. 2002)

El joven Gardes transcurría sus 16 años –certificados por Doña Bertha, en “LA CANCIÓN MODERNA” en 1936- ajeno a su cautiverio en Ushuaia, caratulado, desde ya, milagrosamente, con su futuro apelativo, y sin darse por enterado que, coexistiendo en su casa con Bertha, deambulaba un tocayo uruguayo, con sus maduros 23 años, que según Bayardo, “jugaba a la confusión con “CHARLES”

JUAN CARLOS ESTEBAN

sábado, 9 de febrero de 2013

HISTORIA DE APARECIDOS.


Esperando la documentación que debería avalar la desaparición de Charles Romuald Gardes, simultáneamente, con esa desaparición, - hasta ahora fantasmal-, renace sorpresivamente, un APARECIDO que lo viene a sustituir, pero también sin documentar.
Solo los personajes de ficción, carecen de identidad legalmente documentada, pero, en este caso, su volatilidad, pretende tener entidad histórica, aun careciendo de status jurídico.
En un artículo anterior pudimos observar la condición etérea de Charles R. Gardes, que le permite esfumarse, sin dejar rastros, según los orientales.
Contemporáneamente, hace su aparición un “ALTER EGO” que lo sustituye. Curiosamente, tampoco tiene identidad de nacimiento registrada, en razòn de su origen incestuoso, que según Bayardo,” hubiera producido un GRAN ESCÀNDALO QUE HABRIA SUSCITADO EL CONOCIMIENTO DEL HECHO QUE OBLIGABA  A SILENCIARLO HERMÊTICAMENTE".
Sin embargo, Bayardo, aunque dice basarse en el Código Civil, no olvida dejar sentado que, en todo Tacuarembô, era conocido como el "Guachito de Escayola", emulando el Secreto de Polichinela.
Según la versión de Paysse, la indocumentación resultaría extraña, dado que en vida, Escayola, -celebre semental-, reconoció una cincuentena de hijos irregulares. En este caso excepcional, según Bayardo -Personalidad de Jerarquía- el Código Civil de la época no admitiría el Registro de hijos extramatrimoniales, si el padre estaba casado" según pretende  ilustrarnos el  famoso y olvidado Arquitecto .
De modo que el fantasma que sustituye a Charles Romuald y cuyo nacimiento se remontaría a la década de 1880/90, consigue perdurar durante 40 años (1920), sin documentos de identidad genuinos, por esos milagros que sulen inventar los relatores uruguayos.
Pero qué dice, en verdad, la Legislación Uruguaya en la Materia, al margen de las fabulaciones de los profesionales que la "interpretaron"
Desde el 4 de agosto de 1868, en que se sancionó el Còdigo Civil en Uruguay, en su articulo Nº 210, se hace constar que " el hijo natural podrá ser reconocido por su padre, de común acuerdo o por uno solo de ellos".
 El articulo Nº 216 establece que cuando el padre o la madre reconoce separadamente un hijo natural, NO PODRÀ  REVELAR, en el acto de reconocimiento, el nombre o la persona con quien lo hubo, a menos que esta lo hubiera reconocido".
Pero el articulo Nº 220 es mucho mas abarcativo, sobre el presunto incesto protagonizado por Carlos Escayola con su cuñadita o probable hija. Taxativamente establece que "se PROHIBE toda indagación de paternidad o maternidad ADULTERINA, INCESTUOSA, o SACRÎLEGA".
Once años después, el 11 de enero de 1879, se dicta la ley Nº 1430, reglamentada el 3 de junio de 1879,  donde se amplían y democratizan aun más, las condiciones de inscripción de los nacimientos irregulares. En primer lugar se establecen:
 1) la obligatoriedad de la inscripción,
 2) los plazos para ejecutarla y
 3) las sanciones y penalidades, que parece que Payssè, Bayardo y Cia. tratan de pasar por alto.
El Art. Nº 33 repite los anteriores de 1868 donde " Si el hijo es incestuoso no se podrá asentar, más que el nombre de uno de sus padres". En el art. Nº 43 se consigna que "el padre no puede revelar el nombre de la madre, ni la madre el del padre".
Pero en el Art. Nº 34, tanto Escayola como la niña Oliva, estaban perfectamente resguardados de su humillación y se desvanecen los infundados recelos inventados por los relatores orientales:

 "Se prohíbe al JUEZ Y A LOS TESTIGOS que deban intervenir en el acto, inquirir directa o indirectamente sobre la paternidad. EN EL ACTA SOLO SE EXPRESARÀ LO QUE DEBAN DECIR LAS PERSONAS QUE HAGAN LA DECLARACIÒN, AUN CUANDO PAREZCAN SOSPECHOSOS DE FALSEDAD". (LEY 1468 de 1880)

¿Entonces, donde radica el misterio de la falta de Registro de Nacimiento?
El jeroglífico u ocultamiento es una burda patraña.
 La Legislación que manejamos es pródiga en franquicias de esta naturaleza. Vale decir que los nacimientos irregulares, fueron siempre acontecimientos frecuentes que la Jurisprudencia tuvo que asumir, amplia y generosamente, como un dato de la realidad, preservando la identidad de los actores.
El velo del "INDOCUMENTADO", se desplomó y tuvo el mismo destino farsesco del joven "DESAPARECIDO". Ambos completan un folletìn que ni entretienen a los aburridos de siempre.
No pudieron, ni podrán responder a las evidencias que reiteramos, en nuestros trabajos anteriores.
 La Historia se nutre de DOCUMENTOS y no de INDICIOS, donde la falsedad esta al servicio de intereses turísticos, inmobiliarios y fiscales.
El TESTAMENTO HOLÒGRAFO de Carlos Gardel sobrevive, gallardamente, como una verdad INCONMOVIBLE, que no pudieron destruir.

Juan C. Esteban

miércoles, 6 de febrero de 2013

EL ESTADO ORIENTAL NIEGA EL APOYO, A LA REALIZACIÓN DE UN ADN


1.INTRODUCCIÓN

Derrotada por el último FALLO JUDICIAL del 16 de diciembre de 2011, y la profusa historiografía documental cuya documentación dejó sin discurso a los cronistas de intereses perfectamente identificados, emergió, por arte de encantamiento, el hasta ahora denostado examen de “ácido desoxirribonucleico", frecuentemente abreviado como ADN.

“EL FIN DE LA HISTORIA”, con sus 27 Puntos Documentales no tiene retorno y terminó con el folletín en las Escalinatas del Parlamento Oriental y en los Archivos del Ejecutivo.

Desde nuestro País no existen tales dudas que justifiquen, hoy, ningún examen biológico.

No obstante les queda revisar el tema del examen de ADN, nuevamente, resucitado por los uruguayos.

Los tres pedidos Parlamentarios al Poder Ejecutivo Oriental (años 1998-2003 y 2008) a lo largo de doce años, sobre el examen de ADN, (paralizados a nivel presidencial), se fundamentaron en que "se maneja una hipótesis acerca del origen de Carlos Gardel"

En el informe al Senado de la Sala de Comisión (año 1996). se aduce que "forma esto parte de una vieja polémica: el sitio de nacimiento del gran cantor".. "De modo OFICIAL eso no esta todavía esclarecido, - ratifica el Senado Uruguayo - aunque obviamente, el orgullo nacional, ganará significativamente el DÍA que tal hecho quede probado, en definitiva".

Vale remarcar que a hoy, pasaron ya 15 años y nada se ha podido probar, por lo cual el Senado es acreedor en cuanto a “sentidas promesas” nunca cumplidas.

El Legislador Arturo Heber Fullgraff, en el año 2003, insiste en la necesidad de "Averiguar respecto a los posibles padres de Carlos Gardel"


Desde esa fecha hasta ahora, no existe nada que ponga en evidencia que el Estado Oriental haya cambiado de posición, y llevado adelante la iniciativa Parlamentaria.
  Al contrario, el mismo Parlamento decidió:

 a) mandó al ARCHIVO Un “Estudio” sobre la    escolaridad de Gardel en Montevideo y

 b) el Poder Ejecutivo, rechazó la nominación del Aeropuerto de Carrasco, con el nombre del Gran Cantor a sugerencia de la Comisión Parlamentaria.

La última tentativa, sin correspondencia a nivel del Poder Ejecutivo, se produjo en junio del 2008, donde la diputada Beatriz Argimón anuncia que "Tratará de reflotar, ante los Poderes Públicos, la concreción del examen de ADN”



2. FUNDAMENTO.

¿Porque razón se mantiene férrea la negativa oficial?
Porqué, mientras no se pruebe lo contrario, la presunta paternidad de Carlos Escayola, es FALSA por falta de CONSTANCIAS INDUBITABLES resaltadas y explicitadas, más arriba, por el Parlamento.

a) En primer lugar existe cuatro fallos Judiciales Firmes –uno en Uruguay- que deberían ser apelados y derogados

b) En segundo lugar, no se conocen ni se han presentado instrumentos que avalen la presunción bajo examen:

c) Partida de Nacimiento Civil o Eclesiástica;

d) Documentación Escolar;

e) Correspondencia entre presuntos familiares y Carlos Gardel;

f) Participación en los Juicios Sucesorio en ambos Países.

g) Reclamaciones Judiciales posteriores;

h) Solicitudes de Derecho-habientes reclamando el ADN;

i) Declaraciones de terceros;

j) Correspondencia vinculante;

k) Confesiones Publicas o Privadas;

l) Pruebas Conjetúrales, por Confesión, Indiciaria, Admisible, o de otra naturaleza Jurídica;

m) Datos tenidos en cuenta, etc.

3. CONCLUSIONES.

Todo este cúmulo de circunstancias ausentes, desconocidas, o inexistentes han aconsejado al Poder Ejecutivo de la República Oriental del Uruguay, a descartar cualquier solicitud a la Argentina, por estar desprovista de documentación respaldatoria.

Las "iniciativas" extemporáneas y vocingleras, encaradas por aficionados, son puros “Fuegos de Artificio”, ajenas a la posición oficial, negativa y prescindente asumida, desde hace 17 años (1996), por el gobierno uruguayo, aunque por lo bajo, no la desalienta..

El Parlamento Oriental nunca volvió a hacerse cargo del tema.

Por otra parte el PODER EJECUTIVO ORIENTAL tomó conocimiento de cuatro fallos adversos, NO APELADOS y de la resiente posición Argentina expresada en el último FALLO JUDICIAL por Injurias, rechazado, por considerar el tema “GARDEL”  de
 “INTERES PÙBLICO Y COMUNITARIO”.


Juan Carlos Esteban

viernes, 1 de febrero de 2013

“YO NO FUI”



Por Martina Iñiguez de Monreal - Tuesday, Feb. 03, 2004 at 9:57 PM
martinalunfardo@hotmail.com 011-4654-8652 Cnel Córdova 980 Buenos Aires Villa Sarmiento


“La mujer que se presentó como la madre de Carlos Gardel, no es su verdadera madre, es una Estafadora Francesa.

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Contratada por quien era el Apoderado de Carlos Gardel, Armando Defino, esta mujer aparece en la historia como la madre del Zorzal Criollo, la cual se encuentra enterrada en el Cementerio de La Chacarita.

La verdadera madre de Carlos Gardel se llamó en vida Maria Lelia Oliva Schirla, quien falleció en Tacuarembó en el año de 1905.

Esta temática será expuesta en el Primer Congreso sobre la Identidad de Carlos Gardel, el cual se realizará en Caracas, Venezuela entre los días 21 al 24 de marzo de 2004”.
 Hasta aquí la nota original que se pudo leer durante cinco años con su apellido político. Mientras tanto la proficua colaboradora de esa página, ahora resulta que, para ella, es prensa BASURA.
 Sin embargo, El escrito perduró, inalterable, en su sitio de Indymedia y además fue anunciado, en distintos Sitios Web -Monreal, Berta Cardes la Estafadora, etc.- durante cinco años, hasta que, fue puesto en evidencia, el 17 de enero de 2009
A mediados de ese año, subrepticiamente, su autoría fue borrada y reemplazada por un curioso “Nick”, que hasta hoy permanece, (2010) manteniendo su título y suprimiendo, en sus párrafos finales, la fecha en que iba a presentarse en el Congreso de Caracas, Venezuela, donde la Sra. Martina Iñiguez, originalmente, anunciaba la fecha en que iba a ser incluida la nota -21 al 24 de junio de 2004.
Incluso, horas después, del primer artículo repite la nota, en forma de carta, en el mismo Sitio, acusando a Berthe Cardes
de "Delincuente Estafadora con Prontuario que todavía es buscada por la Policía Francesa " (Nota: Acaba de ser reemplazada: "POR ALGUIEN" AÑO 2009)
.Para mayor abundamiento de la trascendencia que se le prestó al Congreso, en "GARDEL ORIENTAL", a través de Geomundos, se anuncia su comienzo y terminación, repitiendo, las fechas.
.En casi todos los casos, manos perfectamente identificadas, como directamente incriminadas, suprimieron el nombre de su autora, pero dejando la infamante diatriba.
¿Que faltó, durante estos cinco años, en que la nota permaneció, con el nombre de su autora, para redimirla de toda responsabilidad?
¿Quién puede creer que su constante vigilancia sobre el tema GARDEL, durante 5 años no la alertó, sobre una presunta usurpación de su apellido, anunciado, “casualmente” en su casillero de familia?
¿Con que propósito avieso se sustituyó el nombre de la autora pero no el infundio?
Si la incriminada dice que no fue, quien fue entonces, el alma piadosa, que, generosamente, eliminó su nombre, sino ella misma?
.
Hasta el 17 de enero de 2009, en que fue descubierto el libelo, la Señora Iñiguez hizo la vista gorda, sin desmentir, expresamente, su autoría y suprimir la nota, como corresponde a cualquier autor que protege su dignidad. Desde esa fecha y hasta que sustituyó su identidad, tampoco se inculpó, como haber sido plagiada.
.Querer borrar las huellas de su autoría, dejando el contenido de la nota, donde suprime, solamente, las fechas del
Congreso de Caracas, revelan que no ha cambiado, un ápice, su forma de pensar y ratifican, implícitamente, su responsabilidad.
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El "YO NO FUI", a través de interpósitas personas no sirvió.
 Demasiado tarde.
 Amenazar, sin poder probar su inocencia, tampoco.
 Figuró con su firma durante cinco largos años y. nunca pudo justificar su no autoría.. (Se conservan todos los antecedentes)
.
Además, después de divulgada, ¿quién más interesada que ella, para hacerla desaparecer, por si misma o por encargo?

Si no hubiera sido la autora de la anatema contra Bertha, no habría demorado tantos años, esperando pasar desapercibida o que alguien la denuncie y entonces, a hurtadillas, borrar su firma. Obrar a la luz pública comportaba, rebatirla, de inmediato, y documentadamente. Se repitió la oportunidad de desmentirla, expresamente el 17/1/09, cuando la sorprendimos, pero prefirió la política subterránea, del Avestruz.

 Y así le fue; con el Parlamento Oriental rechazando su “Estudio” sobre Gardel, escolar oriental; con el Juicio en mi contra, con el que logró que la JUSTICIA declarara, a “CONTROVERSIA Y PUNTO FINAL”  en lugar de Prueba Condenatoria, como un libro laureado de “INTERES PÚBLICO Y COMUNITARIO” por el  Juzgado Penal..
Su accionar irresponsable deja al pueblo Uruguayo como un hazmerreír de la comunidad internacional

Juan Carlos Esteban